Permisos y licencias en una obra de reforma de una vivienda

Posted by Espacio GO On jueves, 22 de diciembre de 2011 0 comentarios
Antes de comenzar una obra hay que tramitar permisos y licencias.
Hay permisos que gestionar con los vecinos directamente y otros que hay que solicitar en el Ayuntamiento correspondiente.
Para poder acceder a os servicios del Ayuntamiento de Madrid es necesario pedir cita previa llamando al 010, y suelen darlas de un día para otro, con hora y lugar concreto, en una junta municipal o Atención al Ciudadano.
El día de la cita tendrás la oportunidad de hablar con un técnico de Urbanismo que te podrá asesorar sobre los requerimientos necesarios y documentación a presentar para solicitar una licencia.
PIDE PERMISO A TU COMUNIDAD
Estos permisos o licencias sirven para informar sobre lo que se va a hacer. Por dos motivos, uno para que las molestias que se ocasionarán debido al ruido imposible de evitar, así como el trasiego de materiales y escombros a través de zonas comunes, y otro porque al vivir en sociedad a veces es necesario dar parte a la Administración Pública para que evalúe si las obras que se van a realizar son lícitas.
En el primero de los casos bastará con mantener una reunión presencial con los vecinos colindantes y con el Administrador o Presidente de la Comunidad, y con todas las personas que puedan verse afectadas por las obras.
Aunque no es obligatorio legalmente, es indispensable para evitar enfados y desencuentros que puedan ralentizar los trabajos durante la obra.
Hay ciertos trabajos que si requieren de aprobación por parte de la Comunidad de Propietarios, siempre que el local o vivienda esté dentro de una.
Siempre que se vaya a intervenir en la fachada o en la cubierta, colocando algún elemento ya sea una máquina de aire acondicionado, cambio de carpintería de ventanas, instalación de conducciones por la fachada, cambio de bajantes comunitarias, hay que pedir permiso o por lo menos comentárselo al Administrador para que nos cuente cómo se ha de proceder, bien porque ya lo haya hecho otro vecino o bien porque esté especificado en los Estatutos de la Comunidad.
Aunque te parezca innecesario en algún caso, no dejes de hacerlo, todo lo que se plantee desde el principio dejará de ser un problema cuando la ruidosa y engorrosa obra tenga a algunos vecinos tan hartos que necesiten cualquier excusa para quejarse.
LICENCIA DE OBRAS
Las licencias urbanísticas en muchos casos se plantean como trámites a realizar por el ciudadano sin necesidad de que éste,  tenga que contratar un técnico que elabore la documentación que requieren, pero lo que es cierto es que un ciudadano que no sea técnico lo suele tener muy complicado para entender qué es lo que le piden, para elaborar planos con la definición más o menos detallada de la obra a acometer, y en la redacción de memorias o mediciones y presupuestos.
Los técnicos del Ayuntamiento agradecen el hecho de que un técnico, (Arquitecto, Aparejador, Ingeniero…) elabore la documentación ya que de esta forma la tramitación de las licencias suele ser más fluida debido a que se suele presentar de forma más completa.
En el Ayuntamiento de Madrid en la página de munimadrid.org hay  una sección en la que se puede consultar qué licencia es necesario pedir dependiendo de las obras que se vayan a realizar. Es un formulario muy sencillo en el que van preguntando si se cambian las instalaciones, si se pinta, si se cambian los revestimientos…. Y al final nos dice si hay que hacer un acto comunicado, una licencia de obra menos, de obra mayor o sin necesidad de tramitar  ninguna licencia.
En otros ayuntamientos es necesario ir a reunirse con los técnicos de urbanismo para hacer la consulta personalizada de cada caso.
Siguiendo con el caso de Madrid hay un caso muy generalizado de obras de reforma en viviendas o locales con actividades inocuas, como oficinas, en las que si la obra se limita a cambio de revestimientos, (solados, alicatados, falsos techos…)  modernización de instalaciones de electricidad, fontanería, saneamiento, climatización, calefacción, telecomunicaciones, en las que han determinado que no es necesario tramitar ninguna licencia. Esta medida me parece óptima para incentivar al ciudadano a mantener las viviendas y locales en buen estado de conservación, así como para facilitar el acceso a nuevas viviendas de segunda mano y poder reformarlas sin mayor problema.
La licencia que suele ser siempre necesaria es la solicitud de permiso para ubicar contenedores en la vía pública.
Esta licencia se pide en el Ayuntamiento o en cualquier junta de distrito. Piden que rellenes una solicitud con tus datos y has de pagar unas tasas cuyo importe varía dependiendo de la calle en la que vayas a poner el contenedor. Hay varios niveles, el más caro cuesta alrededor de 10€/día. Se paga y se entrega el justificante de pago en registro. Antes de poner el contenedor deberán haber pasado 15 días hábiles. Este es el tiempo que tiene el Ayuntamiento para denegarnos el permiso. Si no dice nada, el día 15 hábil tras la presentación tendremos licencia para poner contenedores en la calzada.
Si el contenedor se tiene que colocar en la acera el procedimiento es un poco más largo, puede tardar 2 meses, desde que se solicita hasta que se consigue.

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